Certificaciones 

  •  La certificación da fe del contenido del registro, a diferencia de la nota simple que no es un medio fehaciente de publicidad.

Dominio y cargas: El registrador certifica la titularidad de la finca y las cargas que gravan la misma.

Literal: El registrador certifica todas las inscripciones de la finca o de una inscripción concreta que se solicite (ej. extensa hipoteca). Solo puede solicitarse por parte del titular de la finca.

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